Aunque se logró un consenso entre el gobierno y el empresariado en torno a los proyectos que modifican la ley de Proindustria e indexan los precios de los combustibles, el hecho de que se cobre el ITBIS a los ayuntamientos y al Banco Central no significa un incremento en las recaudaciones a juicio de economistas, pues una gran cantidad de los más de 250 ayuntamientos y juntas municipales y distritales no tienen contabilidad organizada.
De acuerdo al proyecto de ley que cursa en el Congreso Nacional, excepto Salud y Educación, a las demás instituciones del Estado, tanto centralizadas como descentralizadas, autónomas financieras, empresas públicas financieras, así como los ayuntamientos de los municipios y del Distrito Nacional se le quita la exención o exoneración del ITBIS.
Esas entidades dejarán de pagar el ITBIS, de aprobarse el proyecto que cursa en el Congreso, en caso de declararse una emergencia nacional, y lo podrá hacer el Poder Ejecutivo, vía el Ministerio de Hacienda.
De esa forma, el gobierno podrá autorizar a las instituciones públicas para que importen o adquieran en el mercado local, libre de impuestos, los bienes o servicios destinados exclusivamente a atender la emergencia. El párrafo dos del artículo 6 sobre la ley de racionalización de gastos tributarios e incentivos, señala que esa disposición no aplica sobre disposiciones legales que prevean exenciones o exoneraciones a favor de los Ministerios de Educación y Salud Pública y Asistencia Social.
Los proyectos enviados por el Poder Ejecutivo, que implicaba eliminar las exenciones a los combustibles y modificar la ley de Proindustria concitó el rechazo general del empresariado, la sociedad civil y del opositor Partido Revolucionario, Dominicano (PRD) que pidió su inmediata retirada del Congreso.
Diario Libre
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